En el año 2010, Aena implementó reformas para ahorrar costos, “un mismo trabajador debía atender de manera simultánea el control de la torre y de aproximación, dos posiciones de control aéreo incompatibles, mermando la calidad del servicio y las condiciones de seguridad”. Esta situación ha llevado a varios juzgados a revocar las sanciones que el gestor aeroportuario impuso al colectivo por negarse a trabajar en esas condiciones.
Así lo ha informado la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), agregando que “ocho sentencias de diversos Juzgados han revocado las sanciones impuestas por AENA durante 2010 a varios de los controladores que trabajaban ese año en Santiago de Compostela, determinando que “no puede obligarse a un controlador aéreo a atender dos posiciones de control incompatibles de manera simultánea, en contra de lo establecido en el Reglamento de la Circulación Aérea”.
Según los fundamentos de derecho de una de las sentencias del Juzgado de lo Social nº1, "no contempla la obligación de prestar el servicio de control de aeródromo conjuntamente con el de aproximación y ruta desde una única posición de control”.
USCA señala que los controladores denunciaron reiteradamente estos hechos ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), pero los responsables de Aena en ese momento “coaccionaron con amenazas de sanciones y despidos a los controladores, quienes, a su vez, se enfrentaban de manera individual a responsabilidades penales en caso de accidente o incidente grave”.
El sindicato explica que el motivo por el que las autoridades que entonces estaban al frente de Aena obligaron a un mismo controlador a operar dos posiciones obedecía a que la mayoría de los controladores estaban a punto de superar legalmente la jornada máxima permitida.
En concreto, el máximo que preveía la ley era de unas 140 horas mensuales y los controladores del área de Santiago habían trabajado en unos casos 180, en otros 190 y hasta 200 horas mensuales. Sin embargo, en abril de 2011, la justicia resolvió a favor de Aena en el conflicto con los Controladores de Santiago.
Afectada la seguridad aérea
Asimismo, en las sentencias se ha considerado, con relación con Galicia que “las instrucciones recibidas, relativas a la concentración en un solo trabajador de las tareas de control de torre y de aproximación, eran, cuando menos, de dudoso encaje legal” y que, en ningún caso, la negativa a seguir tales mandatos puede considerarse indisciplinaria, "lo que conlleva la revocación de la sanción impuesta, con estimación de la demanda”.
En cuanto a los efectos que este tipo de “actuaciones ilegales” tienen en la aviación, USCA recuerda que “atender dos posiciones de control incompatibles de manera simultánea por un solo controlador fue una de las causas principales de la colisión de dos aeronaves en espacio aéreo alemán el 1 de julio de 2002”.
Agrega que, en la actualidad, algunos de esos directivos continúan teniendo cargos de responsabilidad, a pesar de que los tribunales ya han dictado sentencias contrarias a su gestión, y reconociendo que los actuales responsables del Ministerio de Fomento tienen otra actitud considera que tendrían que replantearse la continuidad de esos directivos”.
Fuente: hosteltur.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario